Al hilo de las consultas que estamos recibiendo en la Federación Madrileña de Automovilismo acerca de los procedimientos de entrenamiento para nuestros deportistas, cabe puntualizar los siguientes aspectos importantes:
– ¿Cuáles son los límites de desplazamiento para entrenar?
– Para desplazamientos con motivos de entrenamiento, la provincia es el límite geográfico en Fases 1 y 2.
– ¿Existe alguna excepción a la regla anterior?
– Tan sólo los calificados como Deportistas de Alto Rendimiento (DAR), Deportistas de Alto Nivel (DAN) o profesionales, con un permiso especial, podrían acceder a los centros de la Red de Centros de Tecnificación Deportiva y dentro de los límites establecidos en el Capítulo XII. Artículo 38.3 de la Orden SND/399/2020.
Extracto de la orden SND/399/2020
Artículo 38.3 – Los deportistas y entrenadores a los que se refiere este artículo, podrán acceder al Centro de entrenamiento (CAR, CEAR, CTD, o CETD) más cercano a su residencia dentro del territorio de su provincia. Si no hubiera Centro de Entrenamiento en su provincia, podrán acceder a otro de su comunidad autónoma, y si tampoco lo hubiera, podrán acceder al que esté situado en una comunidad autónoma limítrofe, aunque el programa deportivo al que pertenezca esté adscrito a otro Centro. Será preciso, en caso de tener que desplazarse fuera de los límites de su unidad territorial, la emisión de una acreditación por parte de la Federación Deportiva correspondiente o de la entidad titular de la instalación donde vaya a realizar el entrenamiento.
– ¿Quién tiene la competencia para otorgar las calificaciones DAN o DAR?
– La calificación de Deportista de Alto Nivel (DAN) corresponde directamente al Consejo Superior de Deportes. (Real Decreto 971/2007 de 13 de julio). A nivel autonómico de Madrid, la calificación de Deportista de Alto Rendimiento (DAR) es competencia sola y exclusivamente de la Comunidad de Madrid.
– ¿Cómo se solicita la calificación de Deportista de Alto Rendimiento?
– Telemáticamente a través del siguiente enlace al Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid
– ¿Es necesario un permiso de desplazamiento para entrenamientos fuera de la provincia para Deportistas de Alto Rendimiento (DAR)?
– Una vez obtenida la certificación como DAR a través de la Comunidad de Madrid y acreditada esta calificación ante la Federación Autonómica correspondiente, esta expediría un permiso que habilite al deportista a desplazarse para entrenar en un Centro de Alto Rendimiento (CAR) o Centro de Tecnificación Deportiva (CTD), siempre que estos centros a su vez hayan autorizado el acceso a sus instalaciones.
– ¿Cuáles serían por tanto los límites geográficos autorizados como excepción a la regla?
– Con la calificación de DAR y los permisos de la Federación Autonómica y del CAR o CTD, tan sólo el desplazamiento a una comunidad autónoma limítrofe estaría autorizado.
Documentos de referencia:
NOTA IMPORTANTE: La Federación Madrileña de Automovilismo no tiene la competencia para expedir permisos de desplazamiento que puedan contravenir las leyes de rango nacional emitidas por el Gobierno de España con motivo del COVID-19.